SEPA es el Sistema Único de Pagos y Cobros en Euros
Sin duda estás sufriendo el desconcierto SEPA que se está produciendo a medida que se acerca la fecha del 1 de FEBRERO de 2014.
En España nos gusta hacer las cosas a última hora y con plazos también muy cortos de implementación. En nuestra opinión, un caos por falta de previsión imperdonable por parte de los que nos dirigen al no darle la difusión que merece una medida que afecta en grado máximo al día a día de las empresas ¿es que no tienen las empresas bastante con vender y cobrar que ahora les incluyen una nueva carga administrativa en plena época de presentación de impuestos anuales?
Por otra parte, no entendemos a qué viene tanto lío desde la Unión Europea cuando el objetivo del SEPA es unificar los pagos y cobros en la Unión Europea.
Preguntamos ¿y si no hago pagos ni cobros con ningún país europeo? Pues no nos afectaría, que somos la gran mayoría de las empresas. Pero…una vuelta de tuerca más para el empresario no importa, así que vamos a obligar a todos, en tiempo record y que asuman unos costes administrativos encubiertos (no se dan ni cuenta).
CONCEPTOS BÁSICOS
Si quieres saber todo sobre el SEPA español, te lo facilitamos AQUÍ
El objetivo del SEPA es que los costes de transferencias, domiciliaciones bancarias y tarjetas internacionales (entre países de la zona SEPA) tengan las mismas condiciones que en el mercado nacional, sea cual sea el origen y destino del pago o cobro.
La zona SEPA la forma los 28 estados miembros de la Unión Europea (UE), así como Islandia, Lietchestein, Noruega, Suiza y Mónaco.
El IBAN es el nuevo nombre con el que se identifica a nuestra cuenta bancaria o CCC. Tiene 4 dígitos más, por lo que ahora tendremos 24 dígitos, siendo los dos primeros el del país.
BIC es el código de identificación bancario, con el que se identifica la Entidad bancaria
NO ES PARA TANTO
En nuestra opinión, tanto revuelo no es para tanto y explicamos el por qué.

1.- El problema es exclusivamente informático porque los ficheros de domiciliaciones de cobros y pagos se modifican. Por tanto, desaparecen los cuadernos más conocidos como 19 y 34 que se transforman en formatos SEPA.
Los programas informáticos deben transformar los 20 dígitos actuales de la CCC (código de cuenta corriente) a formato IBAN
Por tanto, las empresas están obligadas a actualizar los programas informáticos para que transformen las cuentas a formato IBAN, y generen los nuevos ficheros SEPA para domiciliar los cobros de sus clientes.
2.- El Cuaderno 58 o anticipo de crédito, y el cuaderno 32, seguirán vigentes hasta el 1 de Febrero de 2016, por tanto, este no está afectado ahora.
3.- EL Mandato.
Existen dos mandatos: el Básico o también denominado Core, y el B2B
Mandato Básico o Core
Es de uso obligatorio para pagos de consumidores finales y de empresas y de autónomos.
La orden de domiciliación que ya deberíamos tener de nuestro cliente para efectuar las domiciliaciones, realizadas hasta ahora en formato Cuaderno 19 o 32 o 34, sirve, por lo que es legal para acreditar los cargos en la cuenta del cliente en formato SEPA. No hace falta firmar nuevos mandatos.
Los plazos de devolución son los mismos que hasta ahora, regulada en la Ley 16/2009 de servicios de pago, es decir, ocho semanas si se dispone de orden de domiciliación, y hasta 13 meses si no se dispone de dicha orden de domiciliación.
Mandato B2B
Es de uso voluntario, y solo se puede utilizar para domiciliaciones de pago de empresas y autónomos.
No sirve para consumidores.
En principio no existe posibilidad de devolución, aunque hay opiniones que dicen que hay un plazo de 48 horas para realizar la devolución ante determinadas circunstancias, como que no haya mandato firmado del cliente en formato B2B.
Este formato de mandato requerirá la aprobación del cliente dado que no tendrá la posibilidad de devolución de hasta ocho semanas como hasta ahora.
Pregunta a tu banco
El desconcierto es absoluto. La información no coincide entre entidades bancarias, e incluso entre oficinas.
Aplazamiento de la puesta en marcha
La Unión Europea ha aprobado una prórroga en la puesta en marcha del formato SEPA hasta el 1 de agosto de 2014. Pero es cada país el que debe aprobar la fecha definitiva de puesta en marcha.
De momento, a día de hoy, la fecha sigue siendo el 1 de Febrero de 2014, pero, como decía al principio, estamos en España y nos gusta hacer las cosas a última hora. Casualmente el día 31 de enero (último día de plazo con el sistema actual) es viernes, fecha en que se aprueban las leyes en España, por lo que apostamos a que ese día se aprobará el nuevo plazo de entrada en vigor del formato SEPA.
Y si no es así, más de una empresa no llegará a tiempo y lo más seguro es que su entidad no le aceptará los ficheros que no vaya en formato SEPA.
En cuanto a tener el mandato del cliente en formato SEPA, no hace falta porque ya deberías tener la orden de domiciliación o contrato con tu cliente que te lo autoriza.
Menos mal que las entidades bancarias tienen sus propios programas informáticos que ceden a las empresas gratuitamente para que puedan confeccionar sus domiciliaciones, en este caso será en formato SEPA Básico o Core. Sería el Plan B en caso de tu informático no actualice tu programa.
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