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POSIBILIDAD DE NOMBRAR UN APODERADO

Ya está en  pleno funcionamiento el sistema de notificación telemática de la Seguridad Social. La Seguridad se sube al carro del procedimiento iniciado por la Agencia Tributaria por el cual se obliga a utilizar un sistema de comunicaciones solo por vía electrónica. De esta forma, están obligadas  todas las empresas incorporadas al Sistema Red, es decir, aquellas empresas y sujetos que tengan obligación de cotizar, excepto los autónomos que no tengan empleados a cargo.

Al mes de haber recibido la notificación inicial a través de la correspondiente carta enviada por la Seguridad Social, en la que se comunica que la empresa queda obligada al sistema de Notificación telemática de la Seguridad Social, toda notificación se le hará, EXCLUSIVAMENTE, vía telemática y,  usted empresario,  tendrá DIEZ  días naturales para acceder al contenido de la misma. De no acceder y recoger dicha notificación, ésta constará como entregada  independientemente de que se hubiese leído o no.

Para ello, como sabe, es necesario usted disponga de un Certificado Digital

Hasta este punto seguramente todo lo expuesto  es de su conocimiento, y la información le pueda resultar poco novedosa, pero debe saber también que…

 

notificación telemática de la seguridad social
notificacion telemática requiere tener un certificado digital

Aparte de poner la Seguridad Social las notificaciones a disposición de la empresa, también las pone a disposición del Autorizado Red (normalmente el gestor o asesor que le lleva las nóminas), siempre y cuando usted como empresario quiera. Si lo prefiere, puede anular dicha autorización, y sería usted el ÚNICO receptor de las notificaciones que se pudiesen producir.

PERO la Ley que regula la Notificación Telemática de la Seguridad Social también permite que se apodere a una tercera persona, indistinta del Autorizado  Red, es decir,  la figura que responde a un APODERADO, que le gestionará sus notificaciones. Sólo podrá haber un autorizado adicional a usted, el autorizado Red o el apoderado por usted elegido, nunca los dos.

¿Qué debe hacer para nombrar a un Autorizado a recibir cualquier Notificación Telemática de la Seguridad Social?

Si posee certificado digital podrá hacerse  vía telemática entrando en la Sede Electrónica de la página web de la Seguridad Social.
Si no es así, puede comparecer personalmente en las oficinas de la Seguridad Social y entregar   el formulario debidamente  rellenado y firmado. Recuerde que deberá acompañar la escritura de su apoderamiento, si se trata de una S.L. o una S.A.

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