Las medidas de seguridad LOPD son las reglas a implantar en una Empresa para cumplir con la LOPD, a partir del escenario de datos, usuarios y terceros que participan en la empresa.
Por ello, es imprescindible preguntarse:
¿Debo cumplir con unas medidas de seguridad en mi empresa cuando se tratan datos de carácter personal?
La respuesta es:
Sí. Debes cumplir con unas medidas de seguridad LOPD de tipo técnico y también organizativo.
Objeto
Desde el punto de vista de la Ley Orgánica de Protección de Datos, las medidas de seguridad LOPD van destinadas a todas las organizaciones, empresas e instituciones que almacenan y tratan datos de carácter personal en sus sistemas de información, cuya finalidad principal es proteger, los datos de carácter personal tratados, de posibles incidencias que puedan provocar su pérdida, alteración u acceso no autorizado, tanto dentro de la empresa como fuera.
Tipos de Medidas de Seguridad LOPD
La normativa establece unos mínimos de seguridad en el tratamiento de los datos personales que puedan ser implantados en todas las empresas, independientemente de su tamaño y organización.
Las medidas de seguridad LOPD que deberán ser adoptadas e implantadas por el Responsable del Fichero, y en su caso por el Encargado del Tratamiento en:
a) Los Sistemas de Información (equipos informáticos, programas, redes),
b) Los Locales (oficinas, departamentos, etc..) donde se realiza el tratamiento, y
c) Las personas (personal laboral) que acceden a dicha información,
son las siguientes:
1.- Medidas Organizativas: aquellas medidas destinadas a establecer procedimientos, normas, reglas y estándares de seguridad, cuyos destinatarios son los usuarios que tratan los datos de los ficheros.
Estas medidas deben tender a garantizar la confidencialidad, integridad y seguridad de los datos almacenados en programas y sistemas informáticos, que se encuentran situados físicamente en un determinado local o centro.
2.- Medidas Técnicas: medidas destinadas principalmente a conservar la integridad de la información (su no alteración, pérdida o robo), y en menor medida a la confidencialidad de los datos personales. Se encuentran delimitadas en función del nivel de seguridad de los datos tratados: básico, medio y alto.
Los destinatarios de estas medidas de seguridad lopd son los sistemas de información, los ficheros, los locales, los equipos y demás elementos materiales que tratan los datos.
En CONCLUSION:
Adoptar las medidas de seguridad lopd de carácter técnico y organizativo que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal es una obligación básica que deben cumplir todas las empresas que traten, almacenen y accedan a datos de carácter personal.
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