En este momento estás viendo Derecho de ser informado del tratamiento de datos en la Lopd

Cuando las empresas recogen Datos de carácter Personal suelen olvidar el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, por el cual el titular tiene el derecho de ser informado del tratamiento de sus datos personales. Por tanto, si quieres cumplir con la LOPD, deberías preguntarte:

¿Es obligatorio informar a las personas cuyos datos personales recojo, de que sus datos van a ser incorporados a los ficheros de datos de mi empresa?

La respuesta es:
Sí, debes informar cuando recoges datos de carácter personal.

La LOPD establece la obligación de informar al interesado en el momento de recabar sus datos personales de una serie de supuestos para que éste conozca el tratamiento que se va a realizar de sus datos y pueda o no consentir el tratamiento de los mismos. Es decir, de acuerdo a la LOPD, el titular tiene el derecho de ser informado en el momento de recoger sus datos personales.

Derecho de ser informado

Derecho de ser informado cuando los datos son recabados del titular de los datos,

El titular tiene el derecho de ser informado de forma previa, expresa, precisa e inequívoca de quien recoge sus datos, para qué los recoge, quien va a ser el destinatario de su información, cuales son los derechos que le asisten y a donde se tiene que dirigir para poder ejercerlos.

La LOPD establece que esta información deberá formar parte, en forma claramente legible en todos aquellos formularios, cupones, cuestionarios o impresos en los que se proceda a la recogida de datos. Esta información también debe incorporarse en los contratos que se suscriben, con la finalidad de informar sobre el tratamiento que se va a realizar de los datos personales de clientes, proveedores o personal laboral.

Derecho de ser informado cuando los datos no hayan sido recabados del interesado.

El titular tiene el derecho de ser informado dentro de los tres meses siguientes al momento en el que se llevó a cabo el registro de los datos, acerca de:
el contenido y finalidad del tratamiento, la procedencia de los datos, de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, así como de la dirección e identidad del responsable del fichero.

En CONCLUSION:

El Responsable del Fichero tiene la obligación de informar al interesado sobre la Finalidad de los Datos Personales, en los términos regulados en el art.5 de la Lopd. El incumplimiento se encuentra tipificado como falta leve en la Ley de Protección de datos.

Si este artículo te ha aportado valor, te agradecemos lo compartas pinchando en los iconos de redes sociales de más abajo, y sobretodo nos dejes tu comentario más abajo.

Si tienes Facebook o Twitter, y quieres estar al día de los consejos que vamos entregando semanalmente, busca a Consulting Integral y síguenos.

Ya sabes, que si quieres saber más sobre este artículo u otro asunto, puedes ponerte en contacto con nosotros y te atenderemos gustosamente

Y por supuesto, estás invitado a solicitarnos un Diagnóstico Financiero, sin coste y sin compromiso alguno