¿Existe algún contrato laboral verdaderamente ventajoso para la empresa?
Si usted, como empresario, se hace la pregunta de si dentro del entresijo de contratos que recoge la Legislación Española, existe alguno con verdaderas ventajas económicas, podemos hacer cierta y resumida referencia al modelo:
CONTRATO PARA FORMACIÓN Y APRENDIZAJE
La principal ventaja es que el contrato para formación y aprendizaje es el que supone un menor coste salarial para la empresa, con unas diferencias abismales sobre cualquier otro tipo de modalidad contractual.
La principales características del contrato para formación son:
Coste Cero Seguridad Social | Reducción del 100% de las cuotas SS en los contratos formalizados con desempleados inscritos en la Oficina de Empleo. |
Edad: | Mayores de 16 años y menores de 30 años |
Duración | Mínima de 1 año y máxima de 3 años, modificable por convenio colectivo. |
Formación Teórica | Será del 25 % el primer año, y del 15% durante el segundo y tercer año. La Formación estará relacionada con la actividad del trabajador en su puesto de trabajo. Formación bonificada en Seguros Sociales. |
Salario | En proporción al tiempo de trabajo efectivo.SMI o salario de convenio – 25% el primer añoSMI o salario de convenio – 15% el segundo o tercer año |
Desempleo | Se mantiene la protección por desempleo. |
Reducción/Bonificación por transformación en Indefinido | 1500 €/año, o 1800 €/año (en el caso de mujeres), durante 3 años. |
Va dirigido a un perfil determinado de personas, pero sin duda debemos tenerlo muy en cuenta con el fin de mantener los costes salariales reducidos.
Los contratos para formación son formalizados por empresas homologadas por el Ministerio de Trabajo, por lo que tienen una tramitación diferente al cauce habitual de cualquier contrato.
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