La Cesión de Datos personales a terceros sin consentimiento del interesado es uno de los incumplimientos más habituales y más graves que acontecen en las empresas en su actividad diaria.
Por ello, la pregunta que deberías hacerte como empresario es la siguiente:
¿Puedo ceder los datos de mis clientes a otra empresa?
La respuesta es:
Sí, si cumples unos requisitos.
Se establecen dos requisitos que deben darse en toda Cesión de Datos personales a terceros:
1. Fines directamente Relacionados
El primer requisito es que solo será posible la cesión de datos de personales para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las actividades tanto del que cede los datos como del que los recibe. Con esto se pretende evitar que se realice la cesión de datos a terceros por cualquier motivo y que poco o nada tenga que ver con las actividades de las empresas que intervienen en la cesión de datos personales.
2. Consentimiento informado del interesado
El segundo requisito es recabar el previo consentimiento informado del interesado antes de proceder a la cesión de datos personales a terceros, informándole de:
- Identificación, actividad y dirección del cesionario.
- Finalidad a la que se destinarán los datos cedidos.
Dentro de este requisito nos encontramos con excepciones a la hora de solicitar el consentimiento previo de los interesados para la cesión de datos personales a terceros.
No será necesario el consentimiento:
- Cuando la cesión está autorizada por una ley
- Cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al público
- Cuando se realice en beneficio del interesado, ya que en el caso de que no pudiera realizarse dicha comunicación, no sería posible el desarrollo de la relación jurídica (negocial, contractual, laboral, administrativa, etc.) que se produce entre el responsable del fichero y el interesado.
En todo caso, el consentimiento para la cesión de datos personales no tendra validez cuando la información que se facilita al interesado no le permita conocer la finalidad a la que se destinarán los datos o el tipo de actividad de aquel a quien se pretenden comunicar.
Por lo que en CONCLUSIÓN:
La LOPD persigue que el interesado otorgue su consentimiento a la cesión con pleno conocimiento de quién es el destinatario de la misma, cuál es su actividad y para qué finalidad va a utilizar sus datos.
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